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domingo, 25 de mayo de 2025

ASCENSO MAGISTERIAL 2025 - ¿Quiénes son considerados con el beneficio de RURALIDAD y permanecer sólo dos años en la escala?

Muchos de nuestros colegas se formulan esta interrogante:

Me encuentro laborando en un IE ubicada en área calificada como rural o en
un distrito de una zona de frontera y postulo a la cuarta escala magisterial, ¿tengo algún beneficio en la permanencia mínima requerida en mi escala?
Sí, a los profesores que postulan a la cuarta, quinta, sexta, séptima u octava escala magisterial, se le reduce un (1) año la permanencia mínima requerida en su escala actual siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
  • Prestar servicio en la IE ubicada en área calificada como rural o en un distrito de una zona de frontera desde el inicio de la fecha de la actividad de inscripción al concurso hasta la emisión de la resolución de ascenso de escala magisterial; y 
  • Haber prestado servicio en la IE ubicada en área calificada como rural o en un distrito de una zona de frontera, los tres (3) años anteriores a la fecha de inicio de la actividad de inscripción al concurso. La prestación del servicio debe ser continua y no debe ser interrumpida, a excepción de las licencias con goce de remuneraciones y vacaciones.
Ambas condiciones se verifican en el informe escalafonario expedido a través del módulo de gestión de escalafón del sistema AYNI.

¿Cómo saber si una IE se encuentra ubicada en área calificada como rural o en un distrito de una zona de frontera? 
Esta información se encuentra en los anexos del padrón de IIEE ubicadas en zona rural o zona de frontera que aprueba el Minedu cada año.


Padrones de asignaciones temporales 2025

Resolución Ministerial N.° 046-2025-MINEDU

Aprueban diversos padrones de instituciones educativas públicas como único instrumento habilitante para la percepción de asignaciones temporales y bonificaciones en el Año Fiscal 2025.

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