domingo, 12 de febrero de 2017

ENFOQUE IGUALDAD DE GENERO


ESTIMADOS PARTICIPANTES DE NUESTRAS PREPARACIONES PARA NOMBRAMIENTO DOCENTE 2017. Compartimos con Uds. ARTICULO IGUALDAD DE GENERO, muy útil para nuestra preparación NOMBRAMIENTO DOCENTE. Tanto la igualdad de género y el clima desde el enfoque del Currículo Nacional serán ejes en la evaluación del próximo 07 de mayo. Pueden Descargar información y visionar videos.



El año 1995 el Perú suscribió los acuerdos de la Plataforma de Beijing concretando así su compromiso con la erradicación de las brechas de género y de toda forma de discriminación por sexo. Como se señala en la Plataforma, los Estados expresaron su decisión de “… promover los objetivos de igualdad, desarrollo y paz para todas las mujeres del mundo, en interés de toda la humanidad” (ONU, 1995). Esta Plataforma implicó la incorporación del enfoque de género en las políticas públicas marcando una diferencia sustancial en relación a todos los compromisos internacionales que buscaban la superación de barreras y obstáculos para la igualdad de género.

DIFERENCIAS ENTRE IGUALDAD Y EQUIDAD
Igualdad y equidad no son sinónimos. Entender los vínculos y diferenciaciones que existen entre ambos conceptos es fundamental para diseñar políticas públicas para la igualdad. Equidad de género es la justicia en el tratamiento de varones y mujeres de acuerdo a sus respectivas necesidades. Implica el tratamiento diferencial para corregir desigualdades de origen a través de medidas no necesariamente iguales, pero conducentes a la igualdad en términos de derechos, obligaciones, beneficios y oportunidades. La equidad de género es un concepto que se refiere a la distribución justa entre varones y mujeres de las oportunidades, recursos y beneficios, para alcanzar su pleno desarrollo y la vigencia de sus derechos humanos. La equidad de género supone el reconocimiento de las diferencias, y la garantía de la igualdad en el ejercicio de los derechos. Igualdad de género es la igual valoración de los diferentes comportamientos, aspiraciones y necesidades de los hombres y las mujeres. En una situación de igualdad real, los derechos, responsabilidades y oportunidades de los varones y mujeres no dependen de su naturaleza biológica y por lo tanto tienen las mismas condiciones y posibilidades para ejercer sus derechos y ampliar sus capacidades y oportunidades de desarrollo personal, contribuyendo al desarrollo social y beneficiándose de sus resultados. 

Igualdad desde el enfoque de Género Desde el enfoque de género se reconoce que la Igualdad no sólo se orienta al acceso a oportunidades, sino también al goce efectivo de los derechos humanos. El desarrollo con igualdad de género implica desmontar la cultura, los valores y los roles tradicionales de género que reproducen y mantienen la subordinación de las mujeres. Las relaciones sociales se entienden como relaciones de poder en todos los ámbitos: económico, social, político y cultural. La división sexual del trabajo que organiza el orden de género separa el trabajo productivo del reproductivo de manera paradigmática y determina el lugar de mujeres y hombres en la economía. Esclarecer la forma en que estas relaciones perpetúan la subordinación y la exclusión de las mujeres limitando su autonomía, ayuda a comprender su influencia en el funcionamiento del sistema social y económico. Desde el enfoque de género es necesario considerar el empoderamiento y autonomía de las mujeres, la división sexual del trabajo, la independencia económica, una vida libre de violencia, el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y hombres, la corresponsabilidad familiar de mujeres y hombres, la conciliación de la vida familiar y laboral y la paridad en la participación de la mujer en la toma de decisiones. La redistribución de la carga del trabajo total, que incluye el trabajo remunerado y no remunerado (trabajo doméstico) requiere del reconocimiento y valoración del tiempo que emplean las mujeres al interior de la familia o en el ámbito privado. Esta manera de analizar las relaciones económicas y sociales brinda una mirada más amplia que la convencional al incorporar dimensiones ausentes como el trabajo no remunerado llegándose a visibilizar la economía del cuidado, prestando especial atención a la reproducción social que realizan principalmente las mujeres. Asimismo, demuestra la contribución de esta tarea al desarrollo económico y deja al descubierto que las relaciones sociales están además impregnadas de valores culturales que caracterizan el trabajo de cuidado como una cualidad femenina.

Sesión de Aprendizaje: Enfoque Igualdad de Genero - Estereotipos.

Para Idel Vexler, exviceministro de gestión pedagógica del Minedu, este enfoque sobre la igualdad de género en el Currículo Nacional existe desde el 2004. 

Yo he leído el currículo nacional y tiene lo que se llama los enfoques trasversales. [...] Hay un enfoque que se llama igualdad de género. ¿Qué significa eso? [Este enfoque] sirve para que los alumnos sepan que tanto varones como mujeres tienen los mismos derechos. Acceso a los derechos sociales, políticos, económicos de la misma manera que los hombres. Incluso habla sobre la integridad del cuerpo de hombres y mujeres y de evitar estereotipos como que las mujeres son muy débiles y que los varones, todos son muy irresponsables", dijo en RPP Noticias.

SABES CUALES SON LOS ENFOQUES TRANSVERSALES DEL CURRICULO?
En breve publicaremos artículo relacionado

NOVEDADES DEL CURRÍCULO NACIONAL 2017.




martes, 7 de febrero de 2017

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DOCENTE


CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DOCENTE


Contrato Docente 2017
La contratación de profesores en las instituciones educativas públicas de educac
ión básica y técnico productiva, es un proceso meritocrático que se realiza bajo los principios de calidad, capacidad profesional y oportunidad, por el cual se cubren las plazas vacantes existentes a nivel nacional, a fin de garantizar el servicio educativo.
Este proceso se realiza anualmente a través de cuadros de méritos que se determinan cada dos (2) años mediante la aplicación de una Prueba única Nacional a cargo del Minedu. Por tanto para el presente año será vigente el cuadro de méritos del año 2015.



 Alcance
La presente norma técnica alcanza a:
  • Ministerio de Educación.
  • Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces.
  • Unidades de Gestión Educativa Local y/o Colegios Militares.
  • Instituciones educativas públicas de gestión directa y públicas de gestión privada de:
    • Educación Básica Regular –EBR (Inicial, primaria y secundaria)
    • Educación Básica Alternativa- EBA (Inicial, intermedio y avanzado)
    • Educación Básica Especial- EBE (Inicial y primaria)
    • Educación Técnico – Productiva (Básico y medio)
 Condiciones para la ampliación de contrato
De acuerdo al artículo 210 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, el contrato del profesor podrá ser renovado por un ejercicio presupuestal adicional, previa evaluación favorable. La renovación de contrato solo se realiza en la misma plaza en el que fue contratado el año anterior.
  1. Condiciones
  2. La ampliación del contrato del profesor por periodo lectivo adicional se realizará mediante una evaluación de desempeño a profesores que cumplan las siguientes condiciones:
    • Haber rendido la prueba.
    • Encontrarse en el cuadro de méritos de la UGEL.
    • Contar con evaluación favorable del Director designado de la IE o Director/Coordinador de CRFA o subdirector designado en el caso de EBA o director de la IE en el caso de ETP.
    • Haber laborado todo el periodo lectivo anterior a la ampliación del contrato.
    • La plaza vacante en la que laboró, se encuentra vacante para el siguiente año lectivo.
    • Haber sido adjudicado en las etapas I y II
    • Los que cumplan con las condiciones señaladas en el numeral 6.2.16 de la presente norma.

  3. Comité para la renovación del contrato
  4. La renovación del Contrato del Servicio Docente en EBE, EBA y EBR procede previa evaluación a cargo de un Comité, integrado por:
      Comité para EBE, EBA y EBR
    • Un profesor nombrado de mayor escala de la misma modalidad, forma, nivel o ciclo que el evaluado*
    • Un representante del CONEI, padre de familia, COPAE – EBA, según corresponda.
    • * De no contar con profesores nombrados, el director de la IE solicita a la UGEL la designación de un profesor nombrado de otra IE o de un especialista en educación de la UGEL.
      Centros Rurales de Formación en Alternancia – CRFA
      En el caso de los Centros Rurales de Formación en Alternancia el comité de evaluación está integrado por:
    • Un representante de los docentes del CRFA
    • Un representante de la Asociación del CRFA (donde hubiera)
      Educación Técnico Productiva (ETP)
    • Un representante de los profesores
    • Un representante de los estudiantes de la institución educativa
 Comité de contratación
Los comités de contratación se conforman en todas las UGEL que tengan la calidad de Unidad Ejecutora o que cuenten delegación de funciones, mediante resolución directoral. La función central de este comité es publicar y dar cumplimiento al cronograma, así como realizar la adjudicación de plazas. El Comité ejercerá durante todo el año.
    Miembros titulares:
  • Director de UGEL o Jefe de Gestión Institucional, quien lo preside.
  • Jefe o responsable del área, equipo o unidad de Recursos Humanos o Personal.
  • Planificador o racionalizador.
  • Especialista en educación de la modalidad, nivel, ciclo, forma educativa de la plaza a adjudicar.
  • Especialista de tecnologías educativas de la UGEL, para el caso que existan vacantes en IIEE con AIP*/CRT*.
  • Un representante de la Asociación CRFA*, en el caso que exista vacantes en CRFA*.
    Miembros alternos:
    En caso exista algún impedimento para que ejerzan los titulares:
  • Director o jefe de gestión pedagógica.
  • Director o jefe de gestión administrativa.
  • Un técnico de personal.
  • Un especialista en educación.
  • Un especialista de tecnologías educativas, en el caso que existan vacantes en instituciones educativas con AIP/CRT
Nota: No pueden ser miembros del Comité de Contratación, los servidores que se encuentren inhabilitados, o cumpliendo sanción administrativa vigente por procesos disciplinarios, ni los que se encuentren en uso de vacaciones o licencia.

Recuerde que no procede:
    La adjudicación de plazas vacantes en los siguientes casos:
  • Quienes no acrediten los requisitos mínimos establecidos.
  • Profesores que estén cumpliendo sanción disciplinaria de cese temporal.
  • Profesores que tenga 65 o más años de edad.
  • A quienes se les ha resuelto el contrato en el periodo lectivo anterior por la causal del literal b) de la Cláusula Sexta del contrato.
  • Condenados por delitos consignados en la Ley Nº 29988 (delitos de terrorismo, apología del terrorismo, violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas, etc.).
  • Profesores destituidos o separados del servicio (en los últimos 5 años), a la fecha de adjudicación.
  • Profesores sancionados con separación definitiva del servicio por delitos de violación de la libertad sexual.
  • Profesores que tengan antecedentes penales por delitos dolosos.
  • Profesores que estén cumpliendo condena condicional por delito doloso o se encuentren suspendidos e inhabilitados judicialmente.
  • Profesores inhabilitados por lo establecido en el artículo 214 del Reglamento de la LRM, referido a la presentación de documentación o declaración jurada falsa o adulterada.
  • Al postulante de nacionalidad extranjera que opte por una plaza vacante de IE ubicada en zona de frontera, debiendo optar por otra plaza que no tenga esta característica, respetando siempre el orden de mérito.
    La celebración de contratos en los siguientes casos:
  • La UGEL no podrá efectuar más de un contrato en una misma plaza vacante, bajo responsabilidad administrativa del funcionario/servidor que autorice tal acto. Igual restricción se considera para los contratos eventuales.
  • Tampoco procede la celebración de contratos en los siguientes casos:
    • Cargos directivos y jerárquicos.
    • Por reemplazo de profesor nombrado destacado en plaza no presupuestada.
    • Por reemplazo de profesor nombrado con encargo de funciones de la dirección de una I.E.
    • Por reemplazo de profesor nombrado que se encuentre de comisión de servicios.
  • No procede destacar, conceder licencia sin goce de haber o reubicar al profesor contratado, bajo responsabilidad.
* CRFA: Centro Rural de Formación en Alternancia.
* AIP: Aula de Innovación Pedagógica
* CRT: Centro de Recursos Tecnológicos
 Cronograma y procedimiento de las adjudicaciones
Ampliación de contrato:
El proceso de ampliación del contrato se da siempre se cumplen las condiciones (numeral 7.1)

Acciones
Fechas 2017*
Evaluación del profesor contratado
El Comité evalúa mediante la ficha de evaluación de desempeño docente los criterios establecidos en la norma: EBR, EBA, EBE de acuerdo al anexo 13 y 13-A y ETP mediante anexo 8-A, siempre que el profesor cumpla con los requisitos mínimos para el cargo (anexo 6).
En las modalidades de EBR, EBA y EBE el director/subdirector/coordinador, según corresponda suscribe la evaluación favorable, siempre que cumpla como mínimo cuatro (04) de los seis (06) criterios de evaluación; considerando obligatoriamente los dos (02) criterios referidos a la puntualidad. En el caso de ETP la nota mínima es de 11 puntos
Del 27 al 31 de enero
Elevación de propuesta del contrato del Director de la IE a la UGEL
En el caso que la evaluación sea favorable el director/subdirector/coordinador eleva la propuesta a la UGEL con los siguientes documentos:
  • Resolución de Contrato del año evaluado.
  • Contrato de trabajo – Anexo 01.
  • Declaración Jurada - Anexo 05.
  • Ficha de Evaluación del desempeño (Anexo 8-A o 13-A).
El comité informa a la UGEL sobre los docentes que no obtuvieron la evaluación favorable para su incorporación en el cuadro de méritos.
Hasta el 2 de febrero
Renuncia del profesor a propuesta de contrato
El profesor que cuenta con una evaluación favorable y propuesta para que se le amplíe su contrato, podrá presentar renuncia y será incorporado al cuadro de méritos de su UGEL y participar del proceso de contratación a partir de la Etapa I.
Hasta el 03 de febrero
Publicación de la relación de docentes a quienes se les ampliará el contrato
La UGEL publica la lista de docentes a quienes se les ampliará el contrato por un periodo lectivo adicional.
También se publica la relación de los docentes que siendo propuestos, la plaza se encuentra cubierta por el proceso de reasignación de docente o reubicada por causal de excedencia; en cuyo caso retornan al cuadro de orden méritos de la UGEL para participar en la primera etapa del proceso.
7 de febrero
Reporte de la UGEL a la DRE sobre listado de plazas vacantes (nuevas y de los docentes que tuvieron evaluación desfavorable).
Hasta el 8 de febrero
Publicación de plazas vacantes (DRE)
Hasta el 9 de febrero
Emisión de resoluciones
Hasta el 17 de febrero

* Por la reciente aprobación de la norma técnica, mediante el Oficio Múltiple N.° 07-2017-MINEDU/VMGP-DITEN se precisan las fechas del cronograma publicado en la presente página web.

Etapas de adjudicación del proceso contratación docente
El proceso de contratación docente 2017 para educación básica se rige por el cuadro de méritos establecido con la Prueba única Nacional en el marco del concurso de nombramiento y contratación convocado por la Resolución Ministerial Nº 271-2015-MINEDU.
En el caso del proceso de contratación de Educación Técnico Productiva - ETP se rige por el cuadro de méritos establecido con la Prueba única Regional aplicada en el año 2014, en el marco del Decreto Supremo N.° 001-2011-ED y Resolución Jefatural N.º 5211-2013-ED, considerando la forma educativa (ETP) y familia a la que postuló.
Para la adjudicación el profesor debe cumplir con los requisitos mínimos requeridos para el cargo establecido en el anexo 6 de la norma técnica.

Etapas
Acciones
Fechas
I
Convocatoria
Desde el 9 de enero
Adjudicación
Alcance: profesores que se encuentran en el cuadro de méritos en la misma modalidad, nivel, ciclo y especialidad de la plaza publicada.
El comité informa a la UGEL sobre los docentes que no obtuvieron la evaluación favorable para su incorporación en el cuadro de méritos.
Adjudicación: en estricto orden de méritos
Hasta el 15 de febrero
Emisión de resoluciones
Hasta el 22 de febrero
II
Convocatoria
Desde el 16 febrero
Adjudicación
Alcance: profesores de otras UGEL de la misma región que figuran en el cuadro de méritos de la modalidad, nivel, ciclo educativo y especialidad de las plazas vacantes.
Adjudicación: de acuerdo a los puntajes obtenidos por cada uno de ellos en la Prueba.
Hasta el 22 de febrero
Emisión de resoluciones
Hasta el 28 de febrero
III
Convocatoria
Desde el 23 de febrero
Adjudicación

Primer tramo
Alcance: profesores que no se encuentran en el cuadro de méritos y que reúnan los requisitos establecidos en el anexo 6 de la norma.
Evaluación: El título profesional pedagógico con el cual postula el profesor otorga puntaje. El comité de contratación evalúa el expediente sobre un máximo de cien (100) puntos, de acuerdo a los siguientes criterios:
  1. Formación Profesional (máximo 50 puntos).
  2. Capacitación y actualización (máximo 30 puntos).
  3. Experiencia Laboral (máximo 20 puntos)*.
Adjudicación: al postulante que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación del expediente.

Segundo tramo
Alcance: Se determinan los criterios de acuerdo a su modalidad y especialidad
Adjudicación: AIP y CRT (numeral 6.2.37), CRFA (numeral 6.23.8), EBE (6.2.39), Ingles EBR-secundaria y EBA avanzado (6.2.40), Educación física (6.2.41), Matemática, ETP y ciencia tecnología y ambiente EBR- secundaria (6.2.42), Inicial – EBR (6.2.43), EIB EBR inicial (6.2.45), ver numeral (6.2.37 al 6.2.47). CRFA se sujeta al numeral 6.5.5. y en el caso de ETP* al anexo 8-B.
Hasta el 27 de febrero
Emisión de resoluciones
Hasta el 03 de marzo
* Para la experiencia laboral, solo son computables los contratos como profesor por una jornada mínima de 24 horas pedagógicas en I.E públicas o privadas.
* La experiencia laboral en ETP se sustenta con la presentación del certificado o constancia de trabajo, contratos de trabajo u orden de servicio.

Contratación excepcional
La adjudicación se realiza en las plazas vacantes generadas por ausencia temporal del titular (licencias y sanción administrativa) o abandono de cargo, por un periodo mayor a cinco (5) días y menor o igual a tres (3) meses.
Se realiza a propuesta del director de la IE con el visto bueno del CONEI (mayoría simple de sus miembros). El profesor propuesto debe estar en el cuadro de méritos y cumplir los requisitos establecidos (anexo 6 de la norma).
El profesor propuesto bajo esta modalidad renuncia automáticamente al cuadro de méritos y no tiene opción de participar en las adjudicaciones posteriores que convoque el Comité de Contratación en el periodo lectivo, salvo convocatorias en la etapa III.










jueves, 26 de enero de 2017

DESCARGA: Plazas Nombramiento Docente

Estimados Colegas y Amigos.


El MINEDU acaba de publicar las plazas vacantes para el Proceso de Nombramiento Docente 2017. Todo ya esta dispuesto: la norma ténica, el cronograma, los temarios, sólo falta tu PREPARACION SUPERINTENSIVA para llegar en las mejores condiciones para la Evaluación Nacional del domingo 07 de mayo y lograr tu meta, Acceder al NOMBRAMIENTO DOCENTE, y si, no contamos con plaza vacante de nuestra especialidad acceder a un contrato para los periodos lectivos 2018 - 2019, el esfuerzo bien vale la pena.

En los siguientes enlaces pueden descargar las plazas vacantes para nombramiento 2017 a nivel nacional.


Aprovecho la oportunidad para invitarle a Nuestras Preparaciones SUPERintensivas para NOMBRAMIENTO - CONTRATO 2017.


miércoles, 25 de enero de 2017

DESCARGA: Temario Nombramiento - Contrato Docente 2017

Estimados Amigos y Colegas:

El Ministerio de Educación acaba de publicar los TEMARIOS para el Examen del próximo 07 de mayo, en tal sentido, si deseamos acceder a un NOMBRAMIENTO, o si no alcanzamos plaza vacante, tener un contrato por los próximos dos años, debemos tener en cuenta dichos documentos.

Es pertinente saber que los temarios que se muestran a continuación tienen el propósito de servir de orientación al postulante respecto a las subprueba de Conocimientos Pedagógicos de la Especialidad. Esta subprueba evalúa una selección de los conocimientos propuestos en los temarios, los cuales fueron definidos considerando los documentos oficiales, los enfoques pedagógicos adoptados por el Ministerio de Educación y la bibliografía recomendada para esta evaluación.

En los siguientes enlaces pueden descargar los temarios del Concurso:






lunes, 23 de enero de 2017

DESCARGA NORMA TECNICA - NOMBRAMIENTO 2017

Estimados Colegas y Amigos:

Se inicia el Proceso de Nombramiento Docente 2017, el cual, adicionalmente incluye el Proceso de Contrato, es decir; los docentes que alcancen Plazas Vacantes serán NOMBRADOS en la CPM y los que no alcancen dichas plazas serán CONTRATADOS de acuerdo al cuadro de mérito, es decir para los periodos lectivos 2018 - 2019. En tal sentido, su Preparación para la Evaluación Nacional debe ser de Primer Nivel. La prueba única nacional será el día domingo 07 de mayo de 2017.

Como siempre remarcamos a nuestros participantes, antes de participar a un concurso debemos tener muy en claro la Norma Técnica, para estudiar de acuerdo a sus lineamientos, traslado dichos documentos.





sábado, 21 de enero de 2017

CONCURSO NOMBRAMIENTO Y CONTRATACION 2017

Concursos dirigidos a los profesionales de la educación que no se encuentran en la Carrera Pública Magisterial y que desean desarrollar la función docente en alguna de las Instituciones Educativas de Educación Básica del sector público.
Esta convocatoria determinará el ingreso a la Carrera Pública Magisterial el 2018 y el cuadro de méritos para el proceso de contratación docente del 2018 y 2019. En tal sentido, su PREPARACION DEBE SER SUPERINTENSIVA destinada al desarrollo de sus competencias didácticas, puesto que su futuro esta en juego, tenemos la experiencia... Uds. ya nos conocen. RIKCHAY, en Cañete, Chincha, Pisco e Ica, tu mejor opción en preparación.

Evaluación

La convocatoria 2017 de los Concursos de Nombramiento y Contratación Docente está dirigida a los profesionales de la educación que aún no se encuentran en la Carrera Pública Magisterial y que desean desarrollar la función docente en alguna de las Instituciones Educativas (II.EE.) de Educación Básica del sector público.
  • El Concurso de Nombramiento se desarrolla en dos etapas: a) nacional y b) descentralizada. La primera etapa es clasificatoria, es decir, es necesario alcanzar los puntajes mínimos requeridos en la evaluación de la etapa nacional para pasar a la etapa descentralizada.
  • El Concurso de Contratación Docente solo requiere de participar en la etapa nacional y no existe puntaje mínimo aprobatorio.
Etapa 1: Nacional
En esta etapa todos los postulantes rinden la Prueba Única Nacional, la cual está compuesta por tres subpruebas:

Subprueba de comprensión lectora

Evalúa la capacidad del postulante para reconstruir el significado de textos de diversos tipos y formatos. En particular, evalúa la capacidad de ubicar información explícita en textos complejos, integrar información de un texto para inferir su tema, su propósito o las relaciones lógicas implícitas entre sus distintos componentes, y reflexionar críticamente sobre el contenido y la forma de textos diversos.
Consta de veinticinco (25) preguntas. Cada pregunta correctamente respondida otorga al postulante dos (02) puntos, de forma que el puntaje máximo es de cincuenta (50) puntos. Para acceder al Concurso de Nombramiento, el postulante debe responder correctamente al menos quince (15) preguntas de esta subprueba, de modo que su puntaje sea como mínimo treinta (30)

Subprueba de razonamiento lógico

Evalúa la capacidad del postulante para construir soluciones y resolver problemas, estructurar premisas para realizar deducciones e identificar los argumentos lógicos que las fundamentan. En particular, evalúa la capacidad de resolver situaciones que demandan aplicar razonamientos inductivos, deductivos y relacionales, interpretar información cuantitativa, operar con cantidades, y, evaluar la conformación de agrupamientos.
Consta de veinticinco (25) preguntas. Cada pregunta correctamente respondida otorga al postulante dos (02) puntos, de forma que el puntaje máximo es de cincuenta (50) puntos. Para acceder al Concurso de Nombramiento, el postulante debe responder correctamente al menos quince (15) preguntas de esta subprueba, de modo que su puntaje sea como mínimo treinta (30) puntos.

Subprueba de conocimientos pedagógicos, curriculares y de la especialidad

Evalúa el conocimiento pedagógico del postulante a partir de situaciones propias de la práctica docente. En particular, evalúa el conocimiento de principios pedagógicos fundamentales que permiten la construcción del aprendizaje, de acuerdo con los enfoques y principios señalados en los documentos curriculares actuales así como la comprensión de las teorías del aprendizaje y del desarrollo humano vigentes y los fines y principios de la educación peruana.
Así mismo, evalúa conocimientos pedagógicos relacionados con la didáctica específica, así como los conocimientos disciplinares de la especialidad a su cargo; y que son puestos en uso para promover el desarrollo de las competencias y capacidades propuestas en los documentos curriculares vigentes. Estos conocimientos se evalúan en situaciones problemáticas puestas en contexto educativo e implican la comprensión del enfoque de competencias y transversales propuestos en el Currículo Nacional, los estándares de aprendizaje, y el manejo de estrategias que favorezcan el logro de los aprendizajes involucrados teniendo en cuenta las necesidades educativas de los estudiantes en sus procesos de aprendizaje.
Consta de un total de cuarenta (40) preguntas. Cada pregunta correctamente respondida otorga al postulante dos puntos y medio (2,5), de forma que el puntaje máximo es de cien (100) puntos. Para acceder al Concurso de Nombramiento, el postulante debe responder correctamente al menos veinticuatro (24) preguntas de esta subprueba, de modo que su puntaje sea como mínimo sesenta (60) puntos.
Dicha prueba será aplicada por el Ministerio de Educación en centros de evaluación dispuestos en todas las regiones del país en la fecha determinada en el cronograma de evaluación.
Etapa 2: Descentralizada
En esta etapa solo participarán los postulantes que hayan superado los puntajes mínimos requeridos de la Prueba Única Nacional (etapa 1) y que deseen ser nombrados en alguna de las plazas disponibles para su grupo de inscripción.
La etapa descentralizada de la evaluación se desarrollará en las II.EE. que cuenten con plazas vacantes para nombramiento de docentes.
En esta etapa se evalúa la capacidad didáctica y se valora la trayectoria profesional (formación profesional, méritos, experiencia profesional) de los postulantes. Estos aspectos son evaluados por el Comité de Evaluación de la IE en el caso de que la plaza en concurso pertenezca a una IE polidocente completa. En el caso de que la plaza pertenezca a una IE multigrado o unidocente, los postulantes son evaluados por el Comité de Evaluación de la DRE o UGEL, según corresponda.
Para efectos de esta evaluación, se define la capacidad didáctica como la capacidad del docente para generar aprendizajes significativos en un ambiente de clase positivo que promueva la participación activa de sus estudiantes, demostrando vocación docente y afinidad con el proyecto de la IE. La capacidad didáctica es evaluada por medio de dos instrumentos: la observación del desempeño del postulante frente a los estudiantes en el aula y una entrevista.
Por su parte, la trayectoria profesional es valorada por el Comité de Evaluación mediante un Registro de Trayectoria Profesional (lista de chequeo) que permite calificar de forma estandarizada la formación, méritos y experiencia profesional acreditada por el postulante.
Se utilizarán los siguientes instrumentos de medición:
Solo la observación de aula requiere la obtención de un puntaje mínimo aprobatorio de 30 puntos. La entrevista y el Registro de trayectoria profesional no tienen puntajes mínimos.