domingo, 29 de diciembre de 2019

CAPACITACIÓN DOCENTES Y GESTIÓN ESCOLAR 2020


Nuestra Organización Educativa RIKCHAY les extiende su saludo sincero y les comunica que estamos próximos a iniciar nuestros Talleres de Actualización Pedagógica 2020.

Como siempre esperamos contar con su participación en nuestros 3 Talleres de Actualización 2020.

1.- Taller: Evaluación Formativa - Planificación Curricular.
2.- Taller: Actualización en Gestión Educativa.
3.- Taller: Actualización Auxiliares de Educación y Tutores Educativos 2020.

Asegura tu participación en este enlace

Iniciamos con la SEDE ICA: En breve aperturamos otras SEDES de CAPACITACIÓN



Cada uno de los inscritos recibirá un ANILLADO con información de actualidad, materiales de trabajo para los talleres y demás recursos para optimizar su aprendizaje.


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martes, 10 de diciembre de 2019

CONTRATO DOCENTE 2020: Descarga Plazas Vacante - Norma Técnica

Video - Contratación Docente 2020



Para el proceso de contratación docente para el periodo 2020 se consideran las plazas vacantes listadas en la presente publicación; sin embargo, es preciso señalar que esta publicación podría variar en tanto las DRE/UGEL, según corresponda, actualicen su información en el Sistema NEXUS en relación a las plazas temporales que se generen por ausencia del profesor: licencias, sanción, designación, encargatura, destaque, inasistencia a su centro de trabajo. Asimismo, en el caso de EBR de nivel de Educación Secundaria y EBA ciclo Avanzado en plazas orgánicas, asumen la distribución de la carga horaria conforme a los aprobado en el Cuadros de Distribución de Horas Pedagógicas, por parte de las UGEL.  El listado definitivo de plazas vacantes será publicado por la DRE/UGEL, según corresponda, conforme lo señala el numeral 7.2 del Decreto Supremo N° 017-2019-MINEDU.

DESCARGA PLAZAS VACANTES CONTRATO DOCENTE 2020
  1. AMAZONAS
  2. ANCASH
  3. APURIMAC
  4. AREQUIPA
  5. AYACUCHO
  6. CAJAMARCA
  7. CALLAO
  8. CUSCO
  9. HUANCAVELICA
  10. HUANUCO
  11. ICA
  12. JUNIN
  13. LA LIBERTAD
  14. LAMBAYEQUE
  15. LIMA METROPÒLITANA
  16. LIMA PROVINCIAS
  17. LORETO
  18. MADRE DE DIOS
  19. MOQUEGUA
  20. PASCO
  21. PIURA
  22. PUNO
  23. SAN MARTIN
  24. TACNA
  25. TUMBES
  26. UCAYALI






sábado, 30 de noviembre de 2019

FORMULACIÓN DE CUADRO DE HORAS 2020


Elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas


FORMULACIÓN DEL CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE HORAS PEDAGÓGICAS 2 020
(El video inicial en el minuto 3.17 segundos)

De manera oportuna el Minedu aprobó la norma que regula la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en más de 15 mil instituciones educativas públicas a nivel nacional, que permitirá garantizar que los estudiantes cuenten con un docente de la especialidad requerida, según la modalidad, nivel, ciclo o modelo del servicio educativo.


La Resolución Viceministerial N° 272-2019-MINEDU publicada hoy en el diario oficial El Peruano, permite que las instituciones educativas puedan adecuar e implementar sus planes de estudio de acuerdo a la realidad de la institución educativa, priorizando las áreas curriculares que se requieren.

El cuadro de distribución de horas pedagógicas es un instrumento técnico-administrativo-pedagógico mediante el cual se distribuyen las horas efectivas de clases del personal directivo, jerárquico y docente, en función al plan de estudios, el proyecto curricular institucional (PCI) y el número de grados y secciones que atiende la institución educativa conforme al presupuesto aprobado (PAP).

Este instrumento se formula en las instituciones educativas públicas y de convenio de Educación Básica Regular del nivel secundario y de instituciones educativas de Educación Básica Alternativa del ciclo avanzado, así como en instituciones comprendidas en la jornada escolar completa (JEC), la secundaria en alternancia de los Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA), la secundaria EIB y la Secundaria con Residencia Estudiantil (SER).

Asimismo, los docentes que tengan dos títulos pedagógicos puedan solicitar el cambio a otra área curricular en la institución educativa de acuerdo a la formación académica que sustente.

La norma técnica mantiene la carga horaria de las plazas vacantes publicadas para el profesor que ingresará a partir de marzo en condición de nombrado, y de aquellas plazas publicadas para el proceso de reasignación así como las plazas reservadas de profesores designados en cargos de mayor responsabilidad en su primer periodo.

La norma establece que las Direcciones Regionales de Educación serán las encargadas de supervisar y monitorear todo del proceso.






1. ¿Qué es el cuadro de distribución de horas pedagógicas?
El cuadro de distribución de horas pedagógicas es un instrumento técnico-administrativo-pedagógico mediante el cual se distribuyen las horas efectivas de clases del personal directivo, jerárquico y docente, en función al plan de estudios, el proyecto curricular institucional (PCI) y el número de grados y secciones que atiende la institución educativa conforme al presupuesto aprobado (PAP).
2. ¿Cuál es el objetivo de la elaboración de cuadro de horas pedagógicas?
Garantizar el servicio educativo a través de la oportuna distribución de las horas pedagógicas en coherencia con el plan de estudios vigente, considerando su relación con las especialidades de los docentes nombrados en el Nivel de Educación Secundaria de Educación Básica Regular y en el Ciclo Avanzado de Educación Básica Alternativa de instituciones educativas públicas, en función a la demanda educativa y la disponibilidad presupuestal.
3. ¿A quiénes alcanza el ámbito de aplicación del cuadro de horas pedagógicas?
El ámbito de aplicación de este instrumento es:
·       Instituciones educativas (II.EE.) públicas del nivel de educación secundaria de la educación básica regular, incluyendo las comprendidas en la jornada escolar completa (JEC), educación intercultural bilingüe (EIB), los Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA), y Secundaria con Residencia Estudiantil (SRE).
·       Centros de Educación Básica Alternativa (CEBA) - Ciclo Avanzado.
·       Unidades de gestión educativa local (UGEL).
·       Direcciones regionales de educación (DRE) o gerencias regionales de educación (GRE).
·       Ministerio de Educación (Minedu).
4. ¿Por qué es importante el plan de estudios para la elaboración de cuadro de horas?
El plan de estudios es importante porque define la organización y la distribución de las horas de clase para cada área curricular/campo del conocimiento, según modalidad, nivel, ciclo educativo o grado, o modelo de servicio educativo.
5. ¿Cómo se determinan las metas de atención de las II. EE.?
Las metas de atención de las II.EE. públicas son las proyecciones del número de estudiantes a quienes se brinda el servicio educativo, se determina con el número de estudiantes y el número de secciones/periféricos. Lo propone el director y lo aprueba la comisión de cuadro de horas pedagógicas de la UGEL o DRE/GRE según corresponda, de conformidad con la norma técnica de racionalización
6. ¿Qué condiciones son necesarias antes de la elaboración del cuadro de distribución de horas?
Las condiciones previas para la elaboración del cuadro de horas son:
  1. Las metas de atención de las II.EE. públicas serán determinadas entre el director de la IE y la Comisión para la evaluación y la validación del cuadro de distribución de horas pedagógicas de la UGEL, (Comisión de la UGEL); para tal efecto se deben tomar en cuenta los indicadores establecidos en la norma técnica de racionalización.
  2. La Comisión para la Elaboración del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas a nivel de la IE, (Comisión de la IE) deberá contar con la siguiente información y/o documentación proporcionada por el director de la IE:
    • Haber llevado a cabo el proceso de racionalización en las fechas establecidas en la norma técnica específica.
    • Contar con el PCI vigente, con la finalidad de poder determinar la distribución de las horas de libre disponibilidad establecidas en el plan de estudios.
  3. La Comisión de la IE debe estar reconocida por resolución suscrita por el director de la IE.
  4. La Comisión de la IE debe contar con la aprobación, por parte de la Comisión de la UGEL, respecto al número de secciones con el cual la IE va a formular el cuadro de horas pedagógicas para el año 2020.
7. ¿Cómo se estructura el proceso de elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas
para el periodo lectivo 2020?
El proceso de elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas para el periodo lectivo 2020 se estructura de tres(3) etapas, a fin de poder garantizar un trabajo oportuno que genere las condiciones para el buen inicio del año escolar 2020, siendo las siguientes:
  1. Primera Etapa.- a cargo de la IE, donde se conforma la comisión y en base el número de secciones, el presupuesto aprobado por la UGEL, se realiza la distribución de la carga horaria respetando el orden de prelación señalado en la norma técnica, posteriormente elabora la propuesta y remite a la UGEL.
  2. Segunda Etapa.- a cargo de la comisión de la UGEL, donde se revisa y evalúa la propuesta remitida por la IE, garantizando que exista coherencia entre la formación del docente y las áreas curriculares o campos del conocimiento propuestos, cautelando que la elaboración no genere incremento del presupuesto aprobado por la UGEL, aprueba la propuesta y la reconoce a través de un acto resolutivo
  3. Tercera Etapa.- a cargo de la oficina de personal o quien haga su veces en la UGEL, donde el responsable de actualizar el sistema Nexus, traslada la información del Anexo correspondiente de la norma técnica a los formatos para la carga en dicho aplicativo.
8. ¿Quiénes conforman la comisión para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas en las II.EE.?
La comisión a nivel de la IE, es la encargada de elaborar y proponer el cuadro de horas pedagógicas de la IE de educación secundaria de EBR, comprendida en JER, JEC, secundaria EIB, SRE y CRFA, así como los CEBA - Ciclo Avanzado independientemente del modelo de servicio educativo, donde los docentes nombrados tendrán dos representantes elegidos por votación por los profesores o sus pares según corresponda.
En II.EE. de Educación Secundaria JER, JEC, secundaria EIB y SRE
En Centros Rurales de Formación en Alternancia en las que se implementa el modelo de Secundaria en Alternancia
En Centros de Educación Básica Alternativa - Ciclo Avanzado

El director de la IE (presidente).
El subdirector que tenga mayor
escala magisterial (Secretario)
En caso de igualdad de escala magisterial,
el subdirector seleccionado será el
que cuente con mayor tiempo de servicios oficiales en la IE.
De no existir subdirector será reemplazado, en
orden de prelación, por un coordinador académico,
miembro del personal jerárquico o profesor de
educación secundaria de mayor escala magisterial.
En caso de igualdad de escala magisterial, el servidor seleccionado será el que cuente con mayor tiempo de servicios oficiales en la IE.
Dos representantes de los profesores elegidos por votación entre los profesores nombrados.
El Director del CRFA.
Dos representantes de los profesores elegidos por votación de sus pares.
Director o subdirector del CEBA, quien la preside.
El profesor con mayor escala magisterial; en caso de igualdad de escala, será el que cuente con mayor tiempo de servicios oficiales en el cargo y finalmente el que cuente con mayor tiempo de servicios oficiales en el CEBA.
Dos representantes de los profesores elegidos por votación entre los profesores nombrados.


9. ¿Cuáles son las funciones de las comisiones de la IE?
Las comisiones de las II.EE. tienen las siguientes funciones:
  1. Formular la propuesta del cuadro de horas pedagógicas de acuerdo al número de secciones aprobado y según los criterios de la norma técnica vigente, considerando como insumo, el PCI, el PAP del año anterior y el Cuadro de Asignación de Personal (Sistema NEXUS).
  2. Presentar la propuesta del cuadro de horas pedagógicas a la Comisión de la UGEL; adjuntando la Resolución Directoral que conforma la Comisión para la Elaboración del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas a nivel de la IE y el acta de la elección de los representantes de los profesores.
  3. Realizar ajustes a la propuesta del cuadro de horas pedagógicas, en caso hubieran observaciones, hasta su aprobación por parte de la Comisión de la UGEL.
10. ¿Quiénes conforman la comisión a nivel e la UGEL?
El director de la UGEL, conforma la comisión encargada de la revisión y validación de los proyectos de cuadro de horas pedagógicas presentados por las II.EE. de la presente norma, la misma que estará integrada de la siguiente manera:
  • Jefe del Área de Gestión Institucionalo el que haga sus veces, quien la preside.
  • Responsable del NEXUS o quien haga sus veces, quien actúa como secretario.
  • Especialista en Racionalización del Área de Gestión Institucional o el área que haga sus veces.
  • Especialista en Finanzas y/o Presupuesto del Área de Gestión Institucional o el área que haga sus veces.
  • Un Especialista de Educación Secundaria de Educación Básica Regular; o un Especialista en Educación Básica Alternativa, según corresponda.
11. ¿Cuáles son las funciones de la comisione de la UGEL?
La comisión de la UGEL tiene las siguientes funciones:
  1. Convocar a los directores de las II.EE. involucradas para establecer mecanismos de trabajo coordinado para una oportuna formulación y aprobación del cuadro de horas pedagógicas, en cumplimiento de las disposiciones de la norma técnica.
  2. Brindar asistencia técnica a la Comisión de la IE en el desarrollo de sus funciones.
  3. Elaborar y aprobar el cronograma que cumplirán las comisiones de las II.EE. (el cual contempla las fases de formulación, revisión y aprobación del cuadro de horas pedagógicas de cada IE).
  4. Verificar la adecuada formulación e información contenida en la propuesta de cuadro de horas pedagógicas presentada por cada IE.
  5. El especialista de educación del área de gestión pedagógica verificará que la especialidad asignada a las plazas (ocupadas) guarden relación entre la especialidad del título del profesor y el área curricular correspondiente, conforme se señala en los numerales 6.1.3 y 6.1.9 de la norma técnica.
  6. Aprobar la propuesta de cuadro de horas pedagógicas de cada IE con base en la programación establecida y respetando la fecha limite indicada en la norma vigente, la misma que debe estar visada por todos los integrantes de la Comisión de la UGEL, y remitir al área u oficina de personal de la UGEL para la elaboración del proyecto de resolución.
  7. Presentar al Director de la UGEL el informe final sobre los logros obtenidos, situaciones presentadas y sugerencias pertinentes.
12. ¿Cuáles son las afinidades de las especialidades del título del profesor con las a las áreas curriculares que deben ser consideradas al momento de formular el cuadro de horas pedagógicas?
Las II.EE. de educación secundaria JER, JEC, EIB, SRE y de los CRFA, al momento de formular su cuadro de horas pedagógicas, deberán considerar la afinidad de la especialidad del título del profesor nombrado con las áreas curriculares del plan de estudios, considerando lo siguiente:
ÁREA CURRICULAR
PROFESORES O LICENCIADOS EN EDUCACIÓN
CON MENCIÓN EN LA ESPECIALIDAD DE (*):
MATEMÁTICA
§  MATEMÁTICA
§  MATEMÁTICA, FÍSICA E INFORMÁTICA
§  MATEMÁTICA E INFORMÁTICA
§  MATEMÁTICA, COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA
§  MATEMÁTICA Y FÍSICA
§  MATEMÁTICA, COMPUTACIÓN Y FÍSICA
COMUNICACIÓN
§  LENGUAJE, LITERATURA Y COMUNICACIÓN
§  LENGUA Y LITERATURA
§  COMUNICACIÓN
§  LENGUA, COMUNICACIÓN E IDIOMA INGLÉS
§  LENGUAJE, LITERATURA E IDIOMAS
INGLÉS
§  INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA
§  INGLÉS Y ALEMÁN
§  INGLÉS Y FRANCES
§  INGLÉS E ITALIANO
§  IDIOMAS
§  IDIOMAS
§  IDIOMA EXTRANJERO, TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN
ARTE Y CULTURA
§  EDUCACIÓN POR EL ARTE
§  ARTE
§  EDUCACIÓN ARTÍSTICA
CIENCIAS SOCIALES
§  HISTORIA, CIENCIAS SOCIALES Y TURISMO
§  CIENCIAS HISTÓRICO SOCIALES
§  CIENCIAS SOCIALES Y DESARROLLO RURAL
§  CIENCIAS SOCIALES
§  HISTORIA Y GEOGRAFÍA
§  HISTORIA
DESARROLLO PERSONAL, CIUDADANA Y CÍVICA
§  FILOSOFÍA Y PSICOPEDAGOGÍA
§  FILOSOFÍA, PSICOLOGÍA Y CIENCIAS SOCIALES
§  CIENCIAS SOCIALES
§  EDUCACIÓN CÍVICA
§  HISTORIA Y GEOGRAFÍA
§  HISTORIA
§  GEOGRAFÍA
EDUCACIÓN FÍSICA
§  EDUCACIÓN FÍSICA
EDUCACIÓN RELIGIOSA
§  Educación Religiosa o Título Pedagógico en cualquier modalidad, nivel y especialidad que acredite además estudios en una Escuela Superior de Educación Religiosa – ESER.
§  Se requiere además la autorización de la ODEC de su jurisdicción.
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
§  CIENCIA, TECNOLOGÍA Y AMBIENTE O CIENCIAS NATURALES, TECNOLOGÍA Y AMBIENTE
§  CIENCIA Y TECNOLOGÍA
§  BIOLOGÍA, FÍSICA Y QUÍMICA
§  BIOLOGÍA, QUÍMICA Y TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS
§  CIENCIAS NATURALES Y ECOLOGÍA
§  CIENCIAS NATURALES
§  CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA Y QUÍMICA O FÍSICA Y QUÍMICA
§  BIOLOGÍA
§  FÍSICA
§  QUÍMICA
§  MATEMÁTICA – FÍSICA
EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO
§  Título Pedagógico de Profesor en la especialidad o Licenciado en Educación en la Especialidad requerida o docente con título pedagógico de cualquier modalidad, nivel y especialidad, que acredite además como mínimo título profesional técnico en la especialidad requerida.
TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA
§  Un docente con título pedagógico de cualquier especialidad.